La Oficina General de Proyectos Internacionales (OGPI)
La Oficina General de Proyectos Internacionales (OGPI) del Centro Internacional del Vicerrectorado de Internacionalización es el instrumento de la Universidad de Sevilla (US) para promover y apoyar la solicitud, gestión, ejecución y justificación de proyectos internacionales que permitan la consecución de la Línea 7 – Internacionalización del Plan Estratégico 2018-2025 de la US. Esto incluye fomentar a través de estos proyectos y de su propia actividad la internacionalización de la creación, transmisión y transformación del conocimiento y el impulso a la cultura de ‘internacionalización’.
En relación con los proyectos internacionales de investigación, son funciones de la OGPI:
- La promoción de programas internacionales
- El asesoramiento, apoyo técnico y gestión administrativa de solicitudes de proyectos de programas internacionales
La OGPI es, por tanto, la estructura de apoyo para la participación de la US en iniciativas europeas de investigación e innovación, especialmente en Horizonte 2020. Se encarga de la promoción de la participación a través de jornadas informativas y talleres de preparación de propuestas, la elaboración de documentación, asistencia técnica y asesoramiento en la preparación de propuestas, especialmente en el programa Excelencia, desde la búsqueda de oportunidades de financiación hasta la concesión del proyecto.
Preparación de propuestas (OGPI)
En H2020, una vez concedido el proyecto, la fase de negociación es breve y con escaso margen para realizar modificaciones en las propuestas presentadas. Por ello, antes de solicitarlas, las propuestas deben ser lo suficientemente completas y viables desde un punto de vista científico y económico, lo que implica cumplimiento de la normativa europea, la estatal y la de la universidad.
Por tanto, es imprescindible que, si estás presentando una propuesta, contactes con ogpi@us.es lo antes posible, para recibir el apoyo necesario para la elaboración, revisión y formalización de la propuesta.
La participación de PDI de la US en proyectos europeos se hará como norma general a través de la US, figurando la Institución como coordinadora, beneficiaria o tercera parte del proyecto. Cuando la US sólo pueda participar como tercera parte (esto es especialmente importante para Centros e institutos mixtos de investigación), se deberá informar a la OGPI lo antes posible.
Las propuestas tienen dos partes: parte A y parte B. La parte A o Formularios administrativos es aquella dedicada a la información administrativa de los participantes y del consorcio. La parte B o Anexo Técnico consta principalmente de tres apartados (Excelencia, Impacto e Implementación) y es el desarrollo del proyecto en sí. Es fundamental que los datos y la información de la Parte A y la Parte B coincidan.
El envío de la propuesta completa (parte A y parte B) se hace a través de la aplicación telemática Submmision Service. Se accede a través de la convocatoria específica de H2020 recogida en el Participant Portal.
El Participant Identification Code (PIC) es un código de 9 cifras para la identificación de las entidades legales. El PIC de la US es 999862518 y es único para toda la institución. Por tanto, los Departamentos, Servicios, Centros e Institutos no tienen PIC propio, y sus nombres o siglas no deben aparecer; hay que reseñar solamente: UNIVERSIDAD DE SEVILLA (US). No deben registrarse nuevos PICS.
Los datos que aparezcan cumplimentados de forma automática al introducir el PIC de la US en la aplicación no deben modificarse manualmente. Cuando se solicita el Departamento y la persona de contacto se deben incluir el nombre del Departamento o Centro o Instituto de investigación y el nombre del Investigador Principal, respectivamente. Es necesario incluir en la fase de propuesta a ogpi@us.es como contacto, para realizar un seguimiento y apoyo adecuado.
El Representante Legal, quien debe firmar los documentos legales de los proyectos H2020, es el Vicerrector de Investigación. En el caso de que como socio se requiera una Carta de Compromiso (Letter of Commitment) la firma se tramitará a través de la OGPI y debe solicitarse con la suficiente antelación (al menos dos semanas antes del cierre de la convocatoria).
Podrá ser Investigador Principal (IP) de un proyecto europeo:
- Personal Docente e Investigador funcionario y laboral
- Personal Técnico Funcionario con la titulación requerida según la convocatoria
- Personal Laboral Fijo con la titulación requerida según la convocatoria
- Investigador ERC
- Contratados Ramón y Cajal
- Contratados Juan de la Cierva
Del personal anteriormente descrito, aquellos que tengan vinculación con la US inferior a la duración del proyecto, solo podrán ser considerados IP si presentan un escrito en el que un PDI de plantilla se comprometa a hacerse cargo de la ejecución y justificación del proyecto, desde el momento de la finalización del contrato de trabajo del IP contratado hasta la finalización del proyecto.
Cualquier otro personal no incluido en las categorías anteriores (por ejemplo contratados en el marco de convocatorias públicas o privadas que permitan la compatibilidad) solo podrá ser considerado IP previa petición del interesado/a y autorización del Vicerrector de Investigación.
Podrá participar en la implementación científico técnica del proyecto europeo el siguiente personal:
- PDI funcionario y laboral fijo. Deben tener disponibilidad de dedicación horaria. El máximo de dedicación a investigación del PDI es el 66% de su actividad.
- PAS funcionario o laboral fijo. El personal técnico debe igualmente tener disponibilidad de dedicación horaria y autorización de su responsable funcional.
- Personal contratado con cargo al proyecto. En el porcentaje de dedicación que indiquen sus correspondientes contratos de trabajo.
- Otro personal contratado, siempre y cuando sus contratos de trabajo no limiten expresamente su dedicación a un proyecto concreto, y el organismo financiador del contrato lo permita expresamente en las bases de su convocatoria.
La participación de la US en proyectos europeos estará sujeta siempre al porcentaje máximo de financiación fijada por la convocatoria. Salvo autorización expresa del Vicerrector de Investigación, no estará permitida la renuncia voluntaria a parte alguna de la financiación europea. En cualquier caso, previamente a la firma del acuerdo de subvención, se estudiará el cumplimiento de esta premisa, y su no cumplimiento podrá ser motivo de renuncia al proyecto por parte de la US.
Desde la OGPI se facilitará una hoja de cálculo para su correcta estimación y se apoyará su elaboración. La adecuada elaboración del presupuesto es crítica para la futura ejecución del proyecto. Los costes deben ser razonables y justificados, y se considerarán directos o indirectos, según su naturaleza, siguiendo los principios contables habituales de la US y de conformidad con lo establecido en la normativa H2020.
Para la elaboración del presupuesto se tendrán en cuenta los siguientes criterios de elegibilidad de costes directos:
- El presupuesto se establece a costes totales, por lo que se imputa como gasto directo del proyecto y en proporción a su dedicación los costes de personal de plantilla, así como la posible cofinanciación de personal contratado en el marco de convocatorias que permitan la compatibilidad, siempre que no estén financiadas con otros fondos europeos (FEDER, FSE u otros). Por tanto, todo el equipo participante, y en especial el personal de plantilla, deberá reflejar su tiempo de dedicación real al proyecto.
- La depreciación de los bienes y equipos necesarios para la ejecución del proyecto es un coste elegible.
- Material fungible, acceso a servicios de investigación, etc.
- Gastos de viajes, asistencia a congresos, reuniones de consorcio, etc.
- El IVA no recuperable es un coste elegible.
- Los costes de publicaciones en acceso abierto son costes elegibles.
- Los costes de patentes en el marco del proyecto son elegibles.
- Aquellos proyectos cuya contribución acumulada de la CE al final del proyecto sea igual o superior a 325.000€, deberán ir acompañados de un certificado de estados financieros (informe de auditoría), siendo su coste elegible.
Como norma general los costes indirectos de la acciones en H2020 serán del 25% sobre los costes directos (excluyendo los costes de subcontratación).
- Guía CDTI – Guía del Participante Horizonte 2020
- CORDIS – Find a Project
- Open access
- Género: Manual Online H2020
- IPR:
- RRI
- Cuestiones éticas: Manual Online H2020